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España restricciones de viajes

España restricciones de viaje

Conoce las restricciones de viajes españolas actuales, pruebas de Covid, vacunas, máscaras y más.

España restricciones de viajes
Photo: By Reiseblogger Pixabay

Antes de la pandemia del COVID-19, España era el segundo país del mundo más visitado y el favorito de los turistas británicos.

El 09 de mayo de 2021 expiró el estado de alarma en España (ver texto del Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo: www.boe.es, por lo que en esa fecha desaparecieron las restricciones de movilidad y otras medidas excepcionales adoptadas en el marco del estado de alarma.

Con la llegada de las variantes Delta y Omicron hubo de nuevo cambios como en todos los países de Europa y del mundo, aquí te presentamos las más recientes.

¿Cuáles son las normas para entrar en España desde un Estado miembro de la UE o un país asociado a Schengen?

Última actualización: 08-02-2022

Documentos de viaje obligatorios

Todos los viajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima, incluidos los niños de cualquier edad, los pasajeros en tránsito a otros países y los residentes en España que regresen a su país de origen, deberán rellenar un formulario de control sanitario antes de la salida.

Los viajeros deben proporcionar el código QR cuando abordan y cuando llegan a España. Recuerde: debe rellenarse un formulario separado para cada viaje y cada persona.

  • Los viajeros por vía aérea deben rellenar y firmar el formulario electrónicamente en las 48 horas anteriores a la salida del vuelo, a través de la página web de Spain Travel Health o a través de las aplicaciones para Android o iOs

  • Los viajeros por mar deberán rellenar y firmar el formulario electrónicamente en puertos.es.

  • Para viajar por tierra, no se requiere ningún formulario

Todos los viajeros procedentes de países y zonas considerados de riesgo deben tener pruebas de vacunación, recuperación de la COVID-19 o resultados negativos de las pruebas.

Detalles en las secciones siguientes. La lista de países de riesgo y de alto riesgo se actualiza cada 7 días.

Nota: Los niños menores de 12 años están exentos de presentar estos certificados, pero no de completar el Formulario de Control de Salud y obtener un código QR.

Las normas de entrada para las Islas Canarias están disponibles en hellocanaryislands.com.

Entrar en España con el certificado digital de COVID-19 de la UE.

Los viajeros titulares de un «Certificado Digital de COVID-19 de la UE» (EUDCC) pueden entrar en España si contiene uno de los siguientes:

Entrar en España sin el certificado digital de COVID-19 de la UE o con un certificado que no cumpla los requisitos nacionales

También se aceptan documentos equivalentes al «Certificado Digital de COVID-19 de la UE» (EUDCC) si cumplen los mismos requisitos enumerados anteriormente para la EUDCC.

¿Cuáles son las normas para entrar en España desde fuera de un Estado miembro de la UE o de un país asociado a Schengen?

Última actualización: 08-02-2022

Normas de entrada

Los ciudadanos de países asociados no pertenecientes a la UE y no Schengen solo pueden entrar en España si pertenecen a una de las categorías enumeradas por el Ministerio de Sanidad.

 

Documentos de viaje obligatorios

Todos los viajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima, incluidos los niños de cualquier edad, los pasajeros en tránsito a otros países y los residentes en España que regresen a su país de origen, deberán rellenar un formulario de control sanitario antes de la salida.

Los viajeros deben proporcionar el código QR cuando abordan y cuando llegan a España. Recuerde: debe rellenarse un formulario separado para cada viaje y cada persona.

  • Los viajeros por vía aérea deben rellenar y firmar el formulario electrónicamente en las 48 horas anteriores a la salida del vuelo, a través de la página web de Spain Travel Health o a través de las aplicaciones para Android o iOs
  • Los viajeros por mar deberán rellenar y firmar el formulario electrónicamente en puertos.es.
  • Para viajar por tierra, no se requiere ningún formulario.

Todos los viajeros procedentes de países y zonas considerados de riesgo deben tener pruebas de vacunación, recuperación de la COVID-19 o resultados negativos de las pruebas. La lista de países de riesgo y de alto riesgo se actualiza cada 7 días.

Documentos aceptados:

  • Prueba de vacunación completa. Validez: entre 14 y 270 días después de la última dosis programada de la serie de vacunación primaria se administró. Después de 270 días, los certificados de vacunación deben incluir una dosis de refuerzo.
    Solo se aceptarán vacunas autorizadas por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) para viajeros procedentes de países no pertenecientes a la UE y no pertenecientes a Schengen. También se aceptarán certificados con otras vacunas si la última dosis se administró con una vacuna autorizada.

  • Resultado negativo en una prueba molecular previa a la salida (válida 72 horas) o prueba rápida del antígeno (válido 24 horas). Consultar la lista de pruebas de diagnóstico rápido aprobadas por la Comisión Europea.

  • Prueba de la recuperación de la COVID-19. Validez: a partir del día 11 después de la primera prueba molecular positiva y hasta 180 días después de la fecha de la muestra.

¿Puedo  hacer tránsito por España?

Los pasajeros que lleguen a España en tránsito hacia otro país que no salgan de la zona internacional no estarán obligados a presentar un certificado de vacunación/prueba de diagnóstico/recuperación de la COVID-19.

Si el tránsito implica pasar por los centros de control fronterizo, y por lo tanto entrar en territorio español, los pasajeros deberán presentar su TRANSIT QR, tarjeta de embarque o billete de compra para los vuelos siguientes o posteriores de la conexión para demostrar que el destino final es internacional. En este caso, el tránsito debe durar menos de 24 horas y los viajeros no pueden salir de las instalaciones del aeropuerto.

Preguntas frecuentes sobre tránsitos internacionales

¿Cuáles son las normas si voy a viajar al extranjero desde España y cuando vuelvo de otro país?

Última actualización: 08-02-2022

Algunos países están imponiendo restricciones o períodos de cuarentena a los viajeros que llegan desde España.

Información de viaje del Ministerio de Asuntos Exteriores se puede encontrar en Asistencia consular coronavirus.

Todos los viajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima, incluidos los niños de cualquier edad, los pasajeros en tránsito a otros países y los residentes en España que regresen a su país de origen, deberán rellenar un formulario de control sanitario antes de la salida. Los viajeros deben proporcionar el código QR cuando abordan y cuando llegan a España. Recuerde: debe rellenarse un formulario separado para cada viaje y cada persona.

  • Los viajeros por vía aérea deben rellenar y firmar el formulario electrónicamente en las 48 horas anteriores a la salida del vuelo, a través de la página web España Travel Health o a través de las aplicaciones para Android o iOs
  • Los viajeros por mar deberán rellenar y firmar el formulario electrónicamente en puertos.es.
  • Para viajar por tierra, no se requiere ningún formulario.

Toda la información aquí publicada ha sido traducida desde la herramienta de viajes de la Unión Europea Re-Open

Si necesita información personalizada le recomendamos visitar la web del Ministerio de Asuntos Exteriores de España  o del Ministerio de Salud Español

MEDIDAS CONTRA EL CORONAVIRUS

Última actualización: 08-02-2022

Mascarillas

La mascarilla deja de ser obligatoria en espacios exteriores desde este jueves 10 de febrero, también en los recreos de los colegios, tras aprobar la medida el Consejo de Ministros y salir publicada en el Boletín Oficial del Estado. Al mismo tiempo, los contagios siguen en tendencia descendente.

Habrá que seguir utilizándose en espacio públicos cerrados, en eventos multitudinarios que tienen lugar en espacios al aire libre cuando los asistentes estén pie.

Si permanecen sentados, resultará obligatorio el empleo del cubrebocas cuando no se pueda mantener una distancia de seguridad de al menos un metro y medio entre personas o grupos de convivientes.

Eso sí, por la calle se podrá prescindir de su uso.

Sin mascarilla en el patio del colegio

Los escolares podrán dejar de usar la mascarilla en los patios de los colegios, pudiendo jugar y descansar en los recreos sin tener que ponérsela.

Transporte público

El uso de las mascarillas en transportes públicos, continúa siendo obligatorio porque son espacios cerrados.

Por lo tanto, será requerida en aviones, autobuses y trenes, incluyendo andenes y estaciones.

El Gobierno especifica que su uso también resultará exigible en «transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio».

Asimismo, será obligatoria en espacios cerrados de buques y embarcaciones cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad de metro y medio, salvo que sean grupos de convivientes.

Vacunas

Son aceptadas las vacunas aprobados por la Agencia Europea del Medicamento -Pfizer, Moderna, AstraZeneca y Janssen- o si figuran en el listado de emergencia de la Organización Mundial de Salud (OMS), con lo que se suman Sinopharm y Sinovac-Coronavac, tal y como refleja la orden ministerial publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 9 de junio de 2021.

De esta forma, «todas las personas vacunadas que hayan completado la pauta podrán entrar en España con independencia de su lugar de origen, acreditando dicha vacunación si proceden de un país o zona de riesgo», explican fuentes del Ministerio de Sanidad.


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